El Tribunal Constitucional alemán y su ‘fuego amigo’ sobre el Tribunal de Justicia de la UE y el Banco Central Europeo

Artículo de Araceli Mangas Martín publicado en ARI 72/2020 – 18/5/2020.

Tema

El Tribunal Constitucional alemán ha quebrado la primacía y unidad del sistema jurídico común de la UE ordenando no aplicar una norma del Banco Central Europeo y ha decidido no respetar parte de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión.

Resumen

El Tribunal Constitucional alemán ha consumado una doble y grave vulneración del Derecho de la UE. Ha ordenado no aplicar en Alemania una norma del Banco Central Europeo –compras de bonos soberanos y corporativos– si no justifica adecuadamente esa medida en tres meses; y ha decidido no respetar parte de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión que declaraba la validez de ese acto del BCE. Se levanta contra los Estados, dueños y señores de los Tratados, que han atribuido la última palabra al Tribunal de Justicia en casos de duda sobre la validez de un acto del poder constituido de la UE. El Tribunal alemán estima que la sentencia del TJUE adolece de graves defectos de razonamiento y deduce de la divergencia su responsabilidad última de controlar la validez de los actos de la UE contra la voluntad del poder constituyente de la UE –los Estados miembros–. Se erige en poder constituyente alterando de hecho los Tratados. El Alto Tribunal alemán ha quebrado la primacía y unidad misma del orden jurídico común, la exigencia fundamental de la seguridad jurídica y el principio de igualdad de los Estados miembros.

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